19-5-2026. Desahucio por impago en Valencia. Inicio fase previa (MASC)

Hoy es 19 de mayo de 2026 y he enviado un burofax a la parte arrendataria de un alquiler de vivienda en Valencia.

El burofax contiene un requerimiento de pago, comunicación subsidiaria de finalización de arrendamiento por encontrarse en situación de tácita reconducción y una oferta vinculante confidencial con una propuesta transaccional por parte de la propiedad a la parte arrendataria, con la intención real de abrir un proceso negociador que evite el tener que acudir a la vía judicial.

Además de lo anterior se ha comunicado a la parte arrendataria la posibilidad, en caso de no atender al requerimiento de pago, de la posible incorporación de sus datos al Registro de Impagados Judiciales (RIJ) base de datos de morosos declarativos vinculada al Consejo General de la Abogacía Española, con los efectos reputacionales y jurídicos que conlleva, todo ello en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

La oferta tiene un plazo de vigencia de un mes, de acuerdo con el art. 10 de la Ley Orgánica 1/2025 de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.

Si no se consigue alcanzar una solución amistosa y extrajudicial en el plazo otorgado se interpondrá demanda de desahucio por falta de pago y reclamación de rentas ante los Tribunales de Instancia de la ciudad de Valencia.

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Abogado especialista en desahucio de inquilinos.

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