Otro laudo favorable de desahucio obtenido en solo 64 días.

Justo antes de irnos de vacaciones te contaba que había conseguido un laudo arbitral de desahucio en solo 45 días…no era un caso aislado.

Hoy puedo contarte un nuevo resultado: otro laudo favorable de desahucio obtenido en solo 64 días.

Presenté demanda arbitral de desahucio por expiración del plazo el 26 de mayo y el 29 de julio recibí el Laudo que estima íntegramente todas nuestras pretensiones:

1.- El árbitro declara extinguido el contrato de arrendamiento condenando al inquilino a desalojar y dejar libre la vivienda en un plazo de quince días

2.- Se condena al demandado al pago de todas las costas del arbitraje incluyendo los honorarios del árbitro, los gastos de administración de la Corte y también los honorarios del abogado del propietario.

El laudo arbitral es un título ejecutivo. (art. 517.2.2º de la Ley de Enjuiciamiento Civil) Esto significa que, si el inquilino no entrega voluntariamente la vivienda ni abona las cantidades a las que ha sido condenado, solicitaré su ejecución judicial para obtener el lanzamiento y el embargo de sus bienes por las cantidades debidas, más los intereses y las costas que procedan.

Dos laudos favorables obtenidos en muy poco tiempo.

Si eres propietario y tu contrato del alquiler ha terminado, pero el inquilino no devuelve la vivienda, escríbeme y estudiaremos la vía más adecuada para recuperarla.

Soy Rodolfo Alonso, abogado de desahucios por impago o finalización del alquiler, hasta el próximo video.

Servicio de recuperación de inmuebles

Abogado especialista en desahucio de inquilinos.

2026
Tipos de procedimiento de desahucio