
¿Tu inquilino no paga? ¡Pagará la administración!
¿Sabías que si tu inquilino deja de pagarte el alquiler, puede ser la Administración pública quien termine debiéndote el dinero?
Con el nuevo decreto antidesahucios, si demandas a tu inquilino por impago y se acredita su vulnerabilidad, la Administración tiene dos meses de plazo, máximo e improrrogable, para hacer una de estas dos cosas:
Buscarle otra vivienda al inquilino o pagarte todas las rentas que te debe, incluidas costas judiciales e intereses.
¿Qué ocurre si pasan los dos meses y la Administración ni ofrece otra vivienda y tampoco paga?
Aquí viene lo más loco…La propia Administración se convierte automáticamente en deudora de las cantidades que te debe el inquilino…
Esto supone que será la administración la obligada a pagarte…y ojo porque esto abre la puerta incluso a que se pueda embargar a la administración si no paga.



