Presento demanda de ejecución de laudo arbitral de desahucio en Madrid

El pasado día 5 de octubre de 2026 presenté ante la Sección Civil de los Tribunales de Instancia de Madrid una demanda de ejecución de laudo arbitral de desahucio por impago y reclamación de rentas mediante la que solicitamos el lanzamiento de los inquilinos, la recuperación de la vivienda por sus propietarios y la ejecución forzosa de las cantidades adeudadas.

Se trata de un procedimiento del que hemos hablado en varias ocasiones en este blog y cuya evolución quiero seguir compartiendo, porque permite conocer las distintas fases de un desahucio tramitado inicialmente mediante arbitraje.

Todo comenzó el 20 de marzo de 2026, cuando remití a los dos arrendatarios sendos burofaxes con requerimientos de pago y ofertas vinculantes confidenciales, con la finalidad de intentar alcanzar una solución amistosa que evitara tener que acudir a un procedimiento de desahucio.

Como no fue posible alcanzar una solución amistosa, el 8 de junio de 2026 presenté la correspondiente demanda arbitral de desahucio por impago y reclamación de rentas ante la Asociación Europea de Arbitraje al existir en el contrato de arrendamiento una cláusula de sometimiento a arbitraje.

El procedimiento arbitral avanzó con rapidez y el 22 de julio de 2026 obtuvimos un laudo arbitral íntegramente estimatorio, que declaró resuelto el contrato de arrendamiento por falta de pago, acordó el desalojo de la vivienda y condenó a los arrendatarios al pago de las cantidades adeudadas, así como de las rentas que continuaran devengándose hasta la efectiva entrega del inmueble y de los gastos establecidos en el propio laudo.

Es decir, en aproximadamente 45 días desde la presentación de la demanda arbitral ya teníamos una resolución que reconocía el derecho de la propietaria a recuperar su vivienda.

Pero ¿qué ocurre cuando los inquilinos no cumplen voluntariamente el laudo arbitral? Precisamente eso es lo que ha sucedido en este caso.

A pesar de haberse dictado el laudo, los arrendatarios no han entregado la vivienda ni han satisfecho las cantidades reclamadas, por lo que ha sido necesario acudir a la vía judicial para solicitar su ejecución forzosa. La demanda ejecutiva presentada ante el Tribunal de Instancia de Madrid persigue dos objetivos fundamentales:

Por una parte, obtener el lanzamiento de los arrendatarios y la entrega de la posesión de la vivienda a sus propietarios, en cumplimiento del pronunciamiento de desalojo contenido en el laudo arbitral.

Por otra parte, obtener el cobro forzoso de las cantidades reconocidas en el laudo, junto con las rentas y demás cantidades que se han seguido devengando y que se reclaman conforme al título ejecutivo.

En la demanda se cuantifica inicialmente la ejecución dineraria en 11.568,96 €, cantidad que comprende principal, intereses y costas de la ejecución, sin perjuicio de la liquidación que finalmente corresponda. Además, solicitamos que la ejecución se amplíe a las nuevas rentas que vayan venciendo y permanezcan impagadas hasta la efectiva puesta de la vivienda a disposición de su propietaria.

Conviene recordar que el laudo arbitral constituye un título ejecutivo, conforme al artículo 517.2.2.º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y que su ejecución forzosa corresponde a los órganos judiciales competentes. Por tanto, aunque el procedimiento arbitral nos ha permitido obtener en un plazo reducido una resolución favorable que declara resuelto el arrendamiento y acuerda el desalojo, si los arrendatarios no cumplen voluntariamente, es necesario acudir a los tribunales para hacer efectivo el lanzamiento y reclamar el pago forzoso de la deuda.

La ventaja es que no tenemos que iniciar ahora un nuevo procedimiento declarativo para que se vuelva a decidir si procede o no resolver el contrato por impago. Esa controversia ya ha sido resuelta mediante el laudo arbitral.

Ahora comienza la fase judicial de ejecución. Habrá que esperar a que el tribunal despache ejecución y se practiquen las actuaciones necesarias para recuperar definitivamente la posesión del inmueble y tratar de cobrar las cantidades reclamadas.

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Abogado especialista en desahucio de inquilinos.

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